Junta Federal de Conciliación y Arbitraje

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1. El sitio perfecto. Escoger el lugar idóneo no es tan sencillo. No solo por la cantidad de gente que frecuenta la playa en verano, si no porque necesitaréis pedir permiso al ayuntamiento para poder celebrar allí el enlace. Intentar que sea una pequeña cala o una playa más pequeña y discreta para que todo resulte más sencillo y personal.

2. Boda de tarde. Además de ser el momento en el que más bonito está el mar por el reflejo del sol, la playa estará más despejada y la temperatura será más agradable para los invitados. Si la boda no es en los meses de verano podéis probar a organizar la ceremonia por la mañana.

3. La elección del vestido. Mejor optar por un vestido lánguido, de estilo romántico o bohemio que por uno demasiado formal y pomposo. Será mucho más práctico e irá más acorde con el tipo de boda.

4. Colores clave. El blanco es el idóneo para este tipo de enlaces por lo que muchos novios incluso optan por poner como "dress code" el tono neutro. Azul y amarillo también pueden acompañar en los detalles decorativos de sillas, mesas o cualquier otro elemento de atrezzo.

Posteriormente, la nueva Ley Federal de Trabajo de 1970, también confirmó a la JFCyA como la autoridad competente para la aplicación de las normas de trabajo.

Su reglamento la describe en el artículo primero como un tribunal con plena jurisdicción6, de composición tripartita, integrada por igual número de representantes de los trabajadores, de los patrones y uno del gobierno, de conformidad con la fracción XX del Apartado "A” del artículo 123 Constitucional.

La JFCyA tiene a su cargo la tramitación y resolución de los conflictos de trabajo que se susciten entre los trabajadores y los patrones, entre los trabajadores o entre los patrones, derivados de las relaciones de trabajo o de hechos íntimamente relacionados con ellas

Por lo que respecta a su competencia, ésta se encuentra establecida en la fracción XXXI del artículo 123 Constitucional y por el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo, los cuales, establecen que la aplicación de las normas de trabajo corresponde a las autoridades federales, cuando se trate de: I. Ramas industriales y de servicios: 1.- Textil; 2.- Eléctrica;3. Cinematográfica; 4.-Hulera; 5.- Azucarera; 6.- Minera; 7.- Metalúrgica y siderúrgica, abarcando la explotación de los minerales básicos, el beneficio y la fundición de los mismos, así como la obtención de hierro metálico y acero en todas sus formas y ligas, así como los productos laminados de los mismos; 8.- De hidrocarburos; 9.- Petroquímica; 10.- Cementera; 11.- Calera; 12.- Automotriz, incluyendo autopartes mecánicas o eléctricas; 13. Química, incluyendo la química farmacéutica y medicamentos; 14.- De celulosa y papel; 15.- De aceites y grasas vegetales; 16.- Productora de alimentos, abarcando exclusivamente la fabricación de los que sean empacados, enlatados o envasados o que se destinen a ello; 17.- Elaboradora de bebidas que sean envasadas o enlatadas o que se destinen a ello; 18.- Ferrocarrilera; 19.- Maderera básica que comprende la producción de aserradero y la fabricación de triplay o aglutinados de madera; 20. Vidriera, exclusivamente por lo que toca a la fabricación de vidrio plano, liso o labrado o de envases de vidrio; 21. Tabacalera, que comprende el beneficio o fabricación de productos de tabaco; y 22. Servicios de banca y crédito.

La JFCyA se integra por un representante del Gobierno y por representantes de los trabajadores y de los patrones designados por ramas de la industria o de otras actividades, de conformidad con la clasificación y convocatoria que expida la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

La JFCyA funciona en Pleno o en Juntas Especiales7. El Pleno se integra con el Presidente de la Junta y con todos los representantes de los trabajadores y de los patrones de las Juntas Especiales Federales con sede en la Ciudad de México. Las sesiones del Pleno podrán ser ordinarias, especiales y extraordinarias.

De acuerdo con el artículo 614 de la Ley laboral, el Pleno de la JFCyA tiene entre sus facultades y obligaciones la de conocer y resolver los conflictos de trabajo cuando afecten a la totalidad de las ramas de las industrias y de las actividades representadas en la Junta Federal en su conjunto; uniformar los criterios de resolución de la Junta, cuando las Juntas Especiales sustenten tesis contradictorias; e informar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de las deficiencias que observe en el funcionamiento de la Junta y sugerir las medidas que convenga dictar para corregirlas, entre otras.

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